- 01
Envío de documentos
Recibimos copia de la sentencia o acta de conciliación, la cuenta de cobro, la constancia de ejecutoria y su identificación.
- 02
Análisis técnico-jurídico
Verificamos firmeza, entidad condenada, liquidación de intereses y eventuales embargos o cesiones previas.
- 03
Propuesta económica
Le presentamos por escrito el valor de compra, los descuentos aplicables y los tiempos comprometidos.
Compra de sentencias
Compra de sentencias
Su derecho ya fue reconocido por un juez. Lo que falta es tiempo, y ese tiempo lo asumimos nosotros.
¿Qué es?
Adquirimos sentencias y conciliaciones en firme de reparación directa contra entidades del orden nacional. Usted recibe sus derechos económicos anticipadamente y nosotros esperamos los años que se están demorando las entidades.
- 90 días
- posteriores a la firma de la cesión, para recibir sus derechos económicos
- 0 costos
- para el titular en el estudio
- 100%
- acompañamiento jurídico
A quién está dirigido
Víctimas y beneficiarios
Personas naturales y/o jurídicas con fallo favorable de reparación directa que llevan años esperando el pago.
Herederos
Sucesores del titular fallecido, con la documentación sucesoral correspondiente.
Abogados litigantes
Apoderados que buscan una salida líquida y transparente para sus clientes.
Grupos familiares
Varios beneficiarios de una misma sentencia que desean cobrar de forma anticipada.
Condiciones de elegibilidad
Sentencia o conciliación ejecutoriada
Con constancia de ejecutoria expedida por el despacho.
Proceso de reparación directa
Contra una entidad del orden nacional.
Titular plenamente identificado
Beneficiario o heredero con documentación en regla.
Cuenta de cobro o solicitud de pago radicada
Ante la entidad demandada, según el Artículo 2.8.6.5.1 del Decreto 2469 de 2015.
Costas y/o agencias en derecho
Sentencias en las que el juez o tribunal fijó formalmente la condena en costas y/o liquidó las agencias en derecho a favor.
Sentencias con procesos ejecutivos
Sentencias cuyo cumplimiento ya está siendo exigido mediante una demanda ejecutiva radicada formalmente.
Elegibilidad
¿Su sentencia es contra alguna de estas entidades?
Compramos sentencias contra entidades del orden nacional en las que figuran como parte demandada o condenada. Si la suya aparece aquí, su caso probablemente aplica.
Ministerio de Defensa NacionalEjército, Armada y Fuerza Aeroespacial
Policía Nacional
Instituto Nacional de Vías (INVÍAS)
Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)
Fiscalía General de la Nación
Rama Judicial
Finactivos Group no está afiliado, vinculado ni patrocinado por ninguna de estas entidades. Sus logos se muestran únicamente como referencia informativa, porque son la parte demandada en los procesos de reparación directa que analizamos.
Proceso
De la sentencia al desembolso, etapa por etapa
Cuatro etapas con tiempos definidos. Finactivos espera en promedio los 6 años que la entidad pague.
Documentos contractuales
Checklist de documentos para la cesión
Lo que necesitamos para elaborar el contrato de cesión de derechos económicos.
- 01
Copia simple de la sentencia de primera instancia.
- 02
Copia simple de la sentencia de segunda instancia.
- 03
Si hubo conciliación de las pretensiones: copia del acta y del auto que la aprobó.
- 04
Constancia secretarial de ejecutoria de la sentencia.
- 05
Copia simple de la cuenta de cobro de los derechos económicos, radicada ante la entidad condenada por los titulares o sus apoderados.
- 06
Copia simple del poder otorgado por cada beneficiario para presentar la cuenta de cobro.
- 07
Asignación de turno de pago emitida por la entidad demandada (comunicado, resolución o correo).
- 08
Copia simple del poder otorgado por cada beneficiario al abogado para iniciar la acción.
- 09
Constancia de vigencia del poder, expedida por el despacho judicial que profirió la sentencia.
- 10
Si algún beneficiario era menor de edad al iniciar la acción y ya es mayor de edad: ratificación del poder ante la entidad pagadora.
- 11
Copia de los documentos de identidad de los beneficiarios y de los abogados con su tarjeta profesional (registro civil y tarjeta de identidad si son menores).
- 12
Si el beneficiario falleció: escritura pública o sentencia de sucesión, para establecer los herederos de los derechos económicos (si aplica).
Si el honorario del abogado hace parte de la cesión, también se requiere el contrato de prestación de servicios profesionales u honorarios pactados con los beneficiarios.
Preguntas frecuentes sobre la compra de sentencias
¿Qué sentencias compra Finactivos?
Sentencias y conciliaciones en firme y ejecutoriadas de reparación directa contra entidades del orden nacional.
¿Qué documentos necesito para que evalúen mi caso?
Copia de la sentencia o del acta de conciliación, la constancia de ejecutoria, la solicitud de pago o cuenta de cobro y la identificación del titular.
¿Tiene costo el estudio de mi sentencia?
No. El estudio y la valoración escrita no tienen costo para el titular.
¿Puede vender la sentencia un beneficiario o el apoderado?
Sí, realizamos cesiones parciales: la cesión se puede hacer por la parte del titular, por los beneficiarios y/o herederos, y también solo por el porcentaje de los honorarios del abogado, con la documentación en regla.
¿Compran sentencias con embargo o que ya fueron cedidas?
Si el crédito ya fue cedido antes, no podemos adquirirlo. Las sentencias con embargo total requieren un análisis particular antes de cualquier oferta.
¿Quién asume la espera de la entidad?
Finactivos. Usted recibe sus derechos económicos anticipadamente y nosotros esperamos a que la entidad pague.